La Justicia ordena al Municipio de Berazategui entregar información sobre Aires de Hudson

El juez Hugo Jorge Guarnieri dio un plazo de 30 días hábiles al Ejecutivo municipal para que brinde, de manera completa, la información solicitada sobre la habilitación del barrio privado y sus consecuencias ambientales, tras hacer lugar a una acción de amparo del Foro Regional.

Municipios - Berazategui07 de febrero de 2025 AHORAONLINE
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El jueves por la tarde se dio un paso importante en la lucha por la transparencia y la protección ambiental en el Partido de Berazategui. El juez Hugo Jorge Guarnieri, a cargo de la causa, resolvió hacer lugar a la acción de amparo de acceso a la información pública interpuesta por el Foro Regional en Defensa del Río de la Plata, la Salud y el Medio Ambiente contra la Comuna de Berazategui. La demanda se centraba en obtener datos sobre la aprobación y desarrollo del barrio privado Aires de Hudson, así como en conocer sus consecuencias ambientales, información que el municipio se había negado a entregar inicialmente.

La sentencia, que rechaza la apelación del Gobierno Municipal, obliga al Ejecutivo a responder en un plazo de 30 días hábiles y a entregar, de manera eficiente y acabada, información sobre varios aspectos críticos del proyecto, entre ellos:

-Participación ciudadana: Deberá especificar cuáles fueron las instancias de participación implementadas, incluyendo los contenidos, alcances y documentos que acrediten la intervención de la sociedad.

-Responsables del proyecto: Se exigirá la identificación de las personas físicas o jurídicas titulares o responsables de Fiducia Urbana S.A.

-Acción administrativa en la preservación ambiental: El municipio debe precisar las medidas adoptadas para preservar la reserva de biosfera.

-Protección de fauna y flora: Se deberá informar sobre las medidas de salvataje y remediación previstas para las Áreas Protegidas.

-Estudio de impacto ambiental: Es necesario indicar si el proyecto cuenta con estudio de impacto ambiental y, de ser afirmativo, adjuntar la documentación técnica pertinente.

-Valoración del sector: Se exigirá una explicación sobre cómo se arribó al valor de venta de $57.618.750 asignado a la calle Lisandro de la Torre, así como las razones para la desafectación y posterior venta de la zona.
En su fallo, el juez Guarnieri enfatizó la relevancia del acceso a la información, afirmando que “el acceso a la información, y en especial el acceso a la información ambiental, es un derecho reconocido constitucionalmente como consecuencia de la reforma constitucional de 1994, que instituyó el derecho a un ambiente sano y a la protección de ese ambiente, facilitando el derecho a acceder a la información pública de los ciudadanos (art. 41 de la Constitución Nacional)”.

Esta resolución obliga, por primera vez en años, al Gobierno municipal a explicar por qué, en lugar de adoptar medidas que resguarden el ambiente y la salud de la población, se abren paso a intereses inmobiliarios que favorecen el desmonte y la construcción del barrio cerrado Aires de Hudson en la localidad.

“Entre todos lo logramos. Este es el camino: movilización y participación social. El futuro es hoy. Mañana es tarde”, concluye el comunicado del Foro Regional en Defensa del Río de la Plata, la Salud y el Medio Ambiente, subrayando la importancia de la acción ciudadana para exigir mayor transparencia y responsabilidad en la gestión pública.

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