La Corte Suprema dejó firmes las condenas por el secuestro de “Lalo” Ramos

El máximo tribunal rechazó los recursos de la defensa y ratificó penas de hasta 15 años de prisión para los responsables del secuestro extorsivo ocurrido en 2015 en Berazategui.
Municipios - Berazategui26 de febrero de 2026 AHORAONLINE

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firmes las condenas dictadas contra los responsables del secuestro del ex corredor de TC Eduardo Ramos, conocido como “Lalo” Ramos, al declarar inadmisibles los recursos extraordinarios presentados por las defensas.

La resolución fue firmada por los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes desestimaron los planteos de Gabriel Armando Villalba, Matías Emanuel Avalos y Pablo Javier Gaitán.

El hecho

El caso se remonta a la noche del 18 de agosto de 2015, cuando Ramos y su amigo Fernando Villar fueron interceptados en el kilómetro 40 de la Ruta 2, en jurisdicción de Berazategui. Ambos viajaban desde Mar del Plata hacia una cena en Puerto Madero cuando fueron abordados por delincuentes que simularon ser policías en un falso operativo.

Los captores se identificaron como miembros de una fuerza de seguridad, obligaron a las víctimas a descender del vehículo y las redujeron mediante precintos. Durante el episodio, uno de los hombres recibió un culatazo y Ramos fue sometido a una descarga eléctrica en el hombro.

Posteriormente, las víctimas fueron separadas: una permaneció cautiva en un automóvil durante varias horas y la otra fue trasladada a una vivienda, donde fue amenazada con un arma de fuego. El cautiverio se extendió por casi ocho horas, hasta que los secuestradores cobraron un rescate de 35.000 dólares y liberaron a ambas víctimas.

Las condenas

El 28 de febrero de 2019, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº1 condenó a Pablo Franco Canabe Rogel, Gabriel Arnaldo Villalba y Pablo Javier Gaitán a 15 años de prisión por secuestro extorsivo agravado, en función de la cantidad de intervinientes y el uso de armas de fuego.

En tanto, Matías Emanuel Avalos recibió una pena de seis años y ocho meses como partícipe secundario.

Las condenas fueron confirmadas el 13 de febrero de 2020 por la Cámara Federal de Casación Penal (Sala III) y posteriormente ratificadas por la Sala IV en 2022.

Con la decisión de la Corte Suprema, las penas quedaron definitivamente firmes, cerrando así un proceso judicial que se extendió por casi una década.

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