La Justicia ordena a la Facultad de Ingeniería de la UNLP transparentar contratos con privados

El fallo ordena a la Fundación de la Facultad de Ingeniería de la UNLP entregar en diez días información completa sobre convenios, contratos y gastos, incluyendo vínculos con empresas privadas, al considerar que su estrecha relación con el ámbito público la obliga a garantizar transparencia.
21 de marzo de 2026 AHORAONLINE

Un fallo del Juzgado Federal N° 4 de La Plata ordenó a la Fundación de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) entregar información completa sobre sus convenios, contratos y rendición de gastos, incluyendo aquellos celebrados con empresas privadas, en el marco de la Ley de Acceso a la Información Pública.

La resolución fue firmada por el juez Alberto Osvaldo Recondo, quien hizo lugar a un recurso de amparo presentado por el titular del diario El Día, Raúl Eduardo Kraiselburd, tras considerar insuficiente la respuesta brindada por la entidad ante un pedido formal de información.

El conflicto se remonta al 6 de noviembre de 2024, cuando el demandante solicitó detalles sobre contratos y convenios firmados por la Fundación con organismos públicos y privados, además de datos sobre ingresos generados, su impacto presupuestario y copias de los acuerdos correspondientes a los últimos cinco años.

Sin embargo, la Fundación respondió de manera parcial, limitándose a informar únicamente sobre fondos públicos y omitiendo los vínculos con empresas privadas. Esta conducta fue interpretada como una restricción al derecho de acceso a la información, lo que motivó la presentación judicial.

En su fallo, el magistrado rechazó ese criterio y sostuvo que la entidad no puede fragmentar la información ni excluir aspectos relevantes de su funcionamiento. En particular, remarcó que los convenios con privados forman parte de su actividad institucional y deben ser informados.

Uno de los ejes centrales de la resolución fue la caracterización de la Fundación. Si bien se trata formalmente de una persona jurídica privada, el juez consideró que en la práctica funciona como una extensión de la Facultad de Ingeniería de la UNLP.

Entre los argumentos, destacó que la institución está presidida por el decano, Marcos Actis, y que su conducción está integrada mayoritariamente por autoridades académicas. Además, subrayó que su finalidad es financiar y sostener actividades universitarias, utilizando recursos de la propia casa de estudios.

En ese sentido, el fallo concluye que existe una “íntima vinculación” con el Estado que impide considerarla una entidad privada independiente, obligándola a cumplir con los estándares de transparencia previstos en la Ley 27.275.

La sentencia establece un plazo de diez días hábiles para que la Fundación entregue la totalidad de la información requerida, incluyendo documentación sobre acuerdos comerciales, transferencia tecnológica, servicios prestados a empresas y cualquier otro vínculo contractual que genere ingresos.

Si bien el fallo no determina irregularidades concretas, sí abre interrogantes sobre el contenido de esos contratos, como los montos involucrados, las condiciones de contratación y la distribución de los recursos obtenidos.

En ese marco, el juez Recondo fue contundente al señalar que el acceso a la información no puede ser restringido: “La información pertenece a los ciudadanos. El acceso no es un favor, sino un derecho”, afirmó.

La resolución no solo impacta en la Fundación de la Facultad de Ingeniería de la UNLP, sino que también refuerza el alcance de la Ley de Acceso a la Información Pública como herramienta clave para garantizar el control social sobre el uso de recursos y la gestión de entidades vinculadas al Estado.

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