Fernández envió a Diputados los proyectos de legalización del aborto y plan de los 1000 días

El proyecto de ley de Regulación del Acceso a la interrupción voluntaria del embarazo y a la atención postaborto y la Ley Nacional de Atención y Cuidado Integral de la salud durante el embarazo y la primera infancia, conocida como el Plan de los 1.000 días, ingresaron esta tarde a la Cámara de Diputados, luego del anuncio del presidente Alberto Fernández de su envío al Congreso.
Política17 de noviembre de 2020 Ahora Online
GTE

El proyecto de ley de Regulación del Acceso a la interrupción voluntaria del embarazo y a la atención postaborto y la Ley Nacional de Atención y Cuidado Integral de la salud durante el embarazo y la primera infancia, conocida como el Plan de los 1.000 días, ingresaron esta tarde a la Cámara de Diputados, luego del anuncio del presidente Alberto Fernández de su envío al Congreso.

La iniciativa plantea:

-Decidir la interrupción del embarazo de conformidad con lo establecido en la presente ley
-Requerir y acceder a la atención de la interrupción del embarazo en los servicios del sistema de salud, de conformidad con lo establecido en la presente ley
-Requerir y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud, sin perjuicio de que la decisión de abortar hubiera sido contraria a los casos legalmente habilitados de conformidad con la presente ley
-Prevenir los embarazos no intencionales mediante el acceso a información, educación sexual integral y a métodos anticonceptivos eficaces
-Hasta qué semana se puede interrumpir el embarazo
-El proyecto indica que "las mujeres y otras personas con identidades de género con capacidad de gestar tienen derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo hasta la semana catorce (14) inclusive, del proceso gestacional".

"Fuera del plazo dispuesto en el párrafo anterior, la persona gestante tiene derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo solo en las siguientes situaciones:

-Si el embarazo fuere resultado de una violación, con el requerimiento y la declaración jurada pertinente de la persona gestante, ante el personal de salud interviniente. En los casos de niñas menores de TRECE (13) años de edad, la declaración jurada no será requerida.
-Si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante.

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